Una jueza federal de Boston ordenó a la administración de Donald Trump restablecer más de 2.200 millones de dólares en subvenciones federales destinadas a la Universidad de Harvard, fondos que habían sido suspendidos a raíz de exigencias impuestas por el gobierno a la institución académica para que adoptaran su agenda política.
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En su dictamen, la jueza del distrito Allison D. Burroughs invalidó las suspensiones y cancelaciones emitidas por diversas agencias federales desde el 14 de abril de 2025, indicando que dichas acciones carecen de fundamento legal y violan varios principios constitucionales, incluyendo la Primera Enmienda y disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo (APA) y el Título VI de la Ley de Derechos Civiles.
La decisión representa la tercera derrota legal para Trump esta semana: un juez de San Francisco le impidió utilizar a la Guardia Nacional en California y el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Quinto Circuito (Texas, Louisiana y Mississippi) le impidió deportar a migrantes venezolanos bajo la Ley de Enemigos Extranjeros ya que no hay bases para declarar una “invasión”.
Harvard recupera fondos tras disputa legal con el gobierno federal
La resolución judicial se produjo como respuesta a una demanda presentada por Harvard luego de que la Casa Blanca anunciara en abril una serie de medidas punitivas contra la universidad.
Entre las acciones más significativas se encontraba la interrupción de financiamiento federal en represalia por el presunto manejo deficiente del antisemitismo en el campus.
Según el fallo, si bien la magistrada reconoció que Harvard ha enfrentado problemas relacionados con incidentes antisemitas en los últimos años, concluyó que “existe escasa relación entre esos hechos y las investigaciones afectadas por la suspensión de fondos”. Burroughs afirmó que la revisión del caso sugiere que el antisemitismo fue utilizado como pretexto para justificar una ofensiva contra una de las instituciones académicas más reconocidas del país.
“El expediente administrativo hace difícil llegar a otra conclusión que no sea que los funcionarios utilizaron la cuestión del antisemitismo como una fachada para un ataque motivado ideológicamente contra las universidades más prestigiosas del país”, escribió la jueza en su decisión de 84 páginas.
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A principios de abril, la administración Trump había enviado a Harvard un documento con 10 exigencias, entre ellas la auditoría externa de departamentos acusados de sesgo ideológico, la eliminación de programas de diversidad e inclusión, y restricciones a la admisión de estudiantes internacionales considerados “contrarios a los valores estadounidenses”. Solo uno de los puntos se refería específicamente a la lucha contra el antisemitismo.
Burroughs criticó duramente el hecho de que no se llevó a cabo ninguna investigación formal sobre actos antisemitas en el campus, ni se demostró cómo la cancelación de subvenciones contribuiría a mejorar la situación de los estudiantes judíos.
Reacción del gobierno y nuevas restricciones bloqueadas
A pesar del fallo, la Casa Blanca mantuvo su posición y advirtió que Harvard continúa siendo inelegible para recibir futuras subvenciones federales. En una declaración emitida el mismo miércoles, un portavoz del gobierno sostuvo que la universidad “no tiene un derecho constitucional” al financiamiento público, y acusó a la institución de haber permitido que la discriminación proliferara en su campus durante años.
La subsecretaria adjunta del Departamento de Educación, Madi Biedermann, también criticó el fallo judicial y recordó que Burroughs fue designada durante la administración Obama. “La misma jueza que previamente falló a favor de las políticas de admisión basadas en raza de Harvard —posteriormente anuladas por la Corte Suprema— ahora frena los esfuerzos del presidente Trump por erradicar la discriminación en las universidades”, expresó.
Como parte del fallo, Burroughs prohibió al gobierno federal tomar nuevas represalias financieras contra Harvard relacionadas con el ejercicio de sus derechos constitucionales, sin cumplir con el debido proceso exigido por el Título VI. Además, estableció que no se podrán emitir nuevas órdenes de suspensión, retención de pagos, cancelación de contratos ni restricciones similares, salvo que cumplan con los procedimientos legales correspondientes.